En la segunda parte de su alegato final, el abogado Alfredo Falú, defensor de la ingeniera Olga Cudmani en la causa en la que investiga el destino de fondos de la firma Yacimientos Mineros de Agua de Dionisio (YMAD) a la Universidad Nacional de Tucumán (UNT), solicitó la absolución de su defendida, “dejando a salvo su buen nombre y honor”, al tiempo que advirtió que los delitos por los cuales se la acusa están prescriptos. Falú centró gran parte de su exposición en desvirtuar el informe del perito Francisco Guzmán, base central de la acusación, al que calificó de parcial y con serias deficiencias metodológicas.

Ante los jueces del Tribunal Oral Federal de Tucumán, Jorge Basbús, Ana Carina Farías y Enrique Lilljedahl, el letrado culminó así dos días de alegatos, durante los cuales a lo largo de más de 10 horas en total, argumentó que el informe de Guzmán, perito de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, carece de rigor técnico y científico, ya que dijo que había sido confeccionado con una “predisposición a querer mostrar que había algo fuera de lugar” en las obras investigadas.

“Se excedió”

En marzo, cuando declaró el experto, cuya intervención había sido solicitada justamente por Falú, había dicho que “se hallaron irregularidades en cada uno de los expedientes, había muchas ‘red flags’ o banderas que nos mostraban anomalías. En el trámite de una obra, cuantas más irregularidades tengamos, más posibilidades hay de corrupción o defraudación al Estado”.

Causa YMAD: “Cudmani no causó ningún perjuicio a la UNT y siempre actuó por ‘obediencia debida’”

Al respecto, Falú detalló que Guzmán se excedió en sus funciones al realizar una “auditoría general” no solicitada, comparable e incluso más extensa que los informes de Sigen y AGN. Además, señaló que Guzmán buscó justificar valores bajos en sus informes para acercarse a los presupuestos del trabajo que habían hecho los analistas de Gendarmería, a pesar de reconocer las deficiencias técnicas de estos últimos.

Destacó que la pericia de Guzmán tomó valores de referencia de la revista “Vivienda” para la ciudad de Buenos Aires, y en algunos casos, de Mercado Libre, sin la debida comprobación científica y sin considerar las fluctuaciones de precios en Argentina. “Estos precios que él toma son para la ciudad de Buenos Aires, porque así lo dice la revista Vivienda. Y el origen de los valores de la revista Vivienda también es dudoso, porque no tienen cómo comprobarse científicamente. Salen de la revista privada”, afirmó Falú. Asimismo, hizo hincapié en que el propio perito reconoció limitaciones en su informe debido a la “informalidad de la documentación” y la falta de planos, lo que tornaba “impreciso su presupuesto”. Resulta “increíble que la acusación proponga esos valores como base para una reparación cuando el propio perito los considera imprecisos”. Añadió que el informe de Guzmán fue presentado en octubre de 2023, con el término probatorio ya vencido, impidiendo una defensa adecuada. “Hoy todas esas observaciones nadie se las pidió y que por lo tanto no deban ser tenidas en cuenta; cuanto mucho pueden sustentar una remisión de actuaciones e instrucciones para que se investiguen, pero jamás una condena”, enfatizó el letrado.

Causa YMAD: el defensor de Luis Sacca pidió la absolución en su alegato

“Lo triste de todo esto es que varios años después de que hayan sido realizados los informes de (el comandante de Gendarmería Horacio) Cordani sale a la luz que carecen de todo rigor técnico, científico y que no tienen ningún valor. Pero todo este tiempo, como ya dije, fueron utilizados por LA GACETA para sembrar el odio, para hacer realmente mucho daño. En este caso, a mi clienta, que se le acusó de pagos excesivos de obras cuando no fue así. El daño ya está hecho a través del informe de Cordani, como se le hizo a (el también imputado ex subsecretario Administrativo, Luis) Sacca, y al contador (Juan Alberto) Cerisola con el informe de Procelac, vinculado a colocaciones financieras que después resultaron que no existían las diferencias que mencionaban”, aseveró Falú.

En su argumentación, Falú pidió la absolución de Cudmani, ex titular de la Dirección General de Construcciones Universitarias, por considerar que se ha demostrado “suficientemente que no cometió ninguno de los delitos endilgados por los acusadores”.

“Por prescripción”

De manera subsidiaria, y en ejercicio de la “defensa eventual”, el letrado solicitó la extinción de las acciones penales por prescripción. Argumentó que han transcurrido más de seis años desde la última interrupción de la prescripción, que fue la citación a juicio a principios de 2019. Falú interpretó el artículo 67 del Código Penal, que establece la suspensión de la prescripción para delitos en ejercicio de la función pública, sosteniendo que la excepción no es aplicable a su defendida, ya que no se encuentran en funciones públicas y que el cargo público debe entenderse como aquel que permita perturbar la acción de la justicia.

Olga Cudmani.

Finalmente, el abogado de Cudmani solicitó el rechazo de todas las pretensiones de las partes acusadoras, la absolución de su defendida “dejando a salvo su buen nombre y honor”, y el levantamiento de todas las medidas cautelares existentes, con costas a la querella. En el marco de los alegatos, los fiscales Pablo Camuña, Agustín Chit y Lucía Doz Costa, habían solicitado a los jueces que Cudmani fuera condenada a cuatro años de prisión como autora penalmente responsable del delito de incumplimiento de deberes del funcionario público y coautora del delito de fraude de la administración pública, inhabilitación absoluta y perpetua para desempeñarse como funcionaria pública y la restitución de $ 4.910.846.462,38 en forma subsidiaria con el ex rector Cerisola por sobreprecios en obras más adicionales, de $ 697.480.220,96 en forma subsidiaria con Osvaldo Venturino, ex director de Inversiones y Contrataciones, por el alquiler del predio lindero a la obra en la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y por la readecuación económica financieras en la misma obra. Además, que se le dicte prisión preventiva. Todo esto fue rechazado por el defensor de la imputada. “Voy a pedir que esta causa se falle con los códigos de Derecho y no con los diarios”, finalizó Falú.

La causa: el manejo de $353 millones

La causa se relaciona con el manejo de $353 millones (alrededor de U$S85 millones al cambio de entonces) recibidos entre 2006 y 2009 por la UNT en concepto de utilidades de la minería. La UNT es dueña -junto a Catamarca- de la empresa Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio (YMAD). El ex rector Juan Alberto Cerisola organizó un plan de obras, las comenzó a ejecutar con un régimen propio, por fuera de la Ley de Administración Financiera Nº 24.156, y acordó con YMAD, mediante acta del 2 de enero de 2008, declarar concluida la ciudad universitaria, con lo cual ese 40% de regalías que llegaran de la minería se debían repartir la mitad para las otras universidades y otra mitad para la UNT, ya de libre disponibilidad.

Continúa el lunes: expone la defensa de Cerisola

Para el 4 de agosto está previsto que comience el alegato de Silvia Peyrachia y de Rosa Luz Casen, defensoras del principal acusado, el ex rector Juan Alberto Cerisola. Serán las últimas en presentar las conclusiones y se extenderán al menos hasta el martes 5. Posteriormente los jueces habilitarán, sin fecha confirmada aún, el período de réplicas y contrarréplicas de las partes. Luego de eso quedarán el último paso procesal, las últimas palabras de los imputados y finalmente el dictado de la sentencia, para lo cual todavía no hay una fecha informada. El juicio comenzó en mayo del año pasado y por la sala del Tribunal Oral Federal pasaron más de 60 testigos, la mayoría de ellos miembros de la comunidad universitaria.